Por: Jesús Alberto Aguilar Guerrero.
A raíz de los continuos enfrentamientos que se suscitan entre los poderes ejecutivo y legislativo y teniendo en cuenta que: Colombia es un pais democrático, en el cual se busca que los ciudadanos sean quienes decidan el rumbo que toma la nación; la Constitución Política Colombiana, consagra en el artículo 40 que “todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político”; todo esto debido a los últimos resultados de las propuestas del gobierno ante el congreso de la república, por eso damos a conocer la última decisión gubernamental al dejar en claro que se convoca a un cabildo abierto, considerado como un espacio para el debate ciudadano ya que es una reunión publica en la que los colombianos pueden participar directamente, opinar y cuestionar a sus gobernantes sobre asuntos de interés general para la comunidad. Esta convocatoria a diferencia de otros mecanismos de participación, el cabildo abierto no intenta que el pueblo tome una decisión sino que busca que el pueblo participe y delibere en las decisiones que tome el Estado; lo anterior reglamentado por la Ley 1757 de 2015, ya que es una oportunidad para que los ciudadanos, ya sea en los Concejos Municipales, en las Asambleas Departamentales o en las Juntas de Administración Locales o Comunales, puedan opinar, preguntar o debatir sobre las decisiones que tengan que ver, en este caso con lo que viene proponiendo el gobierno del actual presidente Gustavo Francisco Petro Urrego; sin embargo no se podrán presentar proyectos de ordenanza, acuerdos o cualquier otro acto administrativo.
Para convocar un cabildo abierto, los ciudadanos que impulsen la iniciativa deben entregar a la Registraduría Nacional del Estado Civil, los formularios con un numero de firmas no inferior al cinco por mil del censo electoral de la localidad, distrito, municipio o departamento, según sea el caso; una vez recibidas las firmas, la Registraduría cuenta con un mes para revisar, aprobar y hacer las verificaciones de ley; tan pronto la entidad certifique la validez de los apoyos (firmas), la parte interesada debe informar a la comunidad por diferentes medios de comunicación el lugar, la fecha y los temas que se trataran en el cabildo abierto; así mismo, los ciudadanos pueden solicitar a la autoridad competente que asista al evento democrático. Ahora si un ciudadano quiere hacer parte de un cabildo abierto, no necesita ser representante político, cualquier colombiano mayor de edad puede intervenir en el mecanismo de participación; sin embargo, aunque se trata de que los ciudadanos opinen, cuestionen y propongan nuevas iniciativas frente a las decisiones del gobierno, solo podrán tomar la palabra quienes se hayan inscrito por lo menos tres días antes del mismo y presenten el resumen de sus ideas por escrito. De acuerdo con al Ley 1757 de 2015, dentro de la semana siguiente al cabildo se llevará a cabo una reunión a la que serán invitados quienes participaron en él y se presentaran las respuestas a las propuestas y solicitudes hechas por los ciudadanos. Cada corporación publica debe llevar una base de datos de cada cabildo abierto que se lleve a cabo, incluyendo las memorias, los datos de los participantes, los temas que se trataron y la respuesta que se dio a los ciudadanos; según la Ley debe enviarse una copia de este registro al Consejo Nacional de Participación y al Consejo Nacional Electoral. Todo esto lo damos a conocer debido a que la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, el conocimiento, la libertad y la paz, son la fuerza vital, la razón de ser de un Estado democrático y así lo consagra la constitución de 1991, considerándose que es el medio de lograr la efectiva garantía de estos, que también son fines, es la democracia a través de expresiones como la participación, lograr que tales ideales se lleven al terreno de la vida practica para verlos traducidos en dinámicas sociales a la medida de los sueños de la gente, implicando una gran construcción en la cual las manos del ciudadano común y corriente, son el más importante aporte.