
El trámite de inscripción se realiza ante la autoridad electoral competente: registradurías especiales, municipales y auxiliares.
Es importante recordar que estos Consejos fueron establecidos por la Ley 375 de 1997 (Ley de Juventud) y fortalecidos por la Ley 1885 de 2018 y el Estatuto de Ciudadanía Juvenil (Ley 1622 de 2013, reformada por la Ley 1885) y son una herramienta para garantizar el derecho de los jóvenes a participar activamente en la vida política y social del país.
Son espacios de formación ciudadana, liderazgo y transformación desde las juventudes que permiten que los jóvenes entre 14 y 28 años tengan voz en las decisiones que afectan sus vidas, comunidades y territorios.
Los Delegados de la Registraduría Nacional en el Cauca, Clara Eugenia Valencia Rebolledo, y Óscar Fredy Paz Ramírez, hicieron un llamado a los y las jóvenes del Cauca para que se inscriban y participen en las Elecciones de Consejos Municipales y Locales de Juventud 2025.
Hasta el próximo sábado, 19 de julio, se llevará a cabo el proceso de inscripción de candidatos para las elecciones de los Consejos Municipales y Locales de Juventud, que se celebrarán el 19 de octubre.
Para este certamen democrático pueden inscribirse como candidatos los jóvenes entre 14 y 28 años (edad máxima para tomar posesión) que pertenezcan a alguno de estos tres sectores: 1) listas de jóvenes independientes previamente registradas, quienes deberán entregar la totalidad de firmas, 2) procesos y prácticas organizativas formalmente constituidas y 3) partidos y movimientos políticos con personería jurídica vigente.
Además, los aspirantes a ser consejeros de juventud deberán tener domicilio o demostrar que realizan una actividad laboral, educativa o de trabajo comunitario en el territorio al cual aspiran representar y presentar una propuesta de trabajo ante la registraduría correspondiente.
Dentro de los requisitos generales para la inscripción de candidaturas también están que las listas sean únicas y cerradas, es decir, los electores tienen la opción de votar únicamente por la agrupación política, no por un candidato. De igual forma, las listas de candidatos que se inscriban deberán cumplir con la alternancia de género.
Es de señalar que también existen unos requisitos específicos para la inscripción de listas por cada uno de los sectores, los cuales están contemplados en el artículo 7 de la Ley Estatutaria 1885 de 2018. Las modificaciones a las listas de candidatos se podrán realizar del 21 al 25 de julio, de acuerdo con lo previsto en el calendario electoral para las elecciones de Consejos Municipales y Locales de Juventud.
Para más información sobre la inscripción de candidaturas y otras actividades de este certamen electoral, la ciudadanía puede visitar el Sistema Integral de Capacitación Electoral (SICE), https://www.registraduria.gov.co/-Capacitacion-Electoral-SICE-.html.